La Iglesia Católica en Costa Rica reitera su compromiso de lucha contra los abusos sexuales
La Iglesia Católica
en Costa Rica se une a todos los que, desde diferentes posiciones políticas y
sociales, exigen la erradicación de la plaga de los abusos sexuales en nuestro
país.
Estamos conscientes
de la gravedad del delito y de las consecuencias del abuso sexual a menores y
adultos en vulnerabilidad en Costa Rica y el mundo. La Iglesia Católica, así
como toda la sociedad costarricense en su conjunto, tiene la enorme
responsabilidad de acabar con este flagelo.
Acorde con las
nuevas normas y el proceder de la Iglesia Universal, en nuestra Iglesia se
instaló, hace varios años ya, la Comisión Nacional de Protección de Menores y
Adultos en Vulnerabilidad, desde la cual se promueven acciones a nivel
diocesano y nacional para sensibilizar, formar y prevenir a todos los miembros
de la Iglesia en el tema de los abusos sexuales.
Hemos creado
protocolos para la prevención y la actuación frente a situaciones de abuso de
menores y adultos vulnerables, abrimos canales para la presentación de
denuncias y ofrecemos espacios formativos (talleres, seminarios, cursos
académicos, entre otros) sobre la temática.
Al respecto del planteamiento que quiere realizarse con la propuesta de reforma al artículo 206 del Código Penal sobre la conveniencia de exigir que los sacerdotes denuncien los delitos de los que tomen conocimiento en el sacramento de la confesión, la legislación de la iglesia en el Código de Derecho Canónico, canon 983, establece que "el sigilo sacramental es inviolable; por lo cual, está terminantemente prohibido al confesor descubrir al penitente, de palabra o de cualquier otro modo, y por ningún motivo".
El silencio o
sigilo es una exigencia intrínseca del sacramento, porque los pecados
confesados son un contenido que no le pertenece al sacerdote, se da en el
ámbito de encuentro entre el penitente y Dios. Esto explica por qué su
revelación esté sancionada por la Iglesia de la forma más drástica: con la
excomunión latae sententiae, es decir automática.
Esta rigurosa
protección del sigilo sacramental implica también para el confesor la exención
de la obligación de responder en juicio "respecto a todo lo que conoce por
razón de su ministerio", y la incapacidad de ser testigo en relación con lo que
conoce por confesión sacramental, aunque el penitente le releve del secreto "y
le pida que lo manifieste". (Cánones 1548 y 1550).
El Sigilo
Sacramental obliga incluso a soportar el martirio antes que quebrantarlo, como
fue el caso de San Juan Nepomuceno. Aquí debe tenerse firme lo que afirmaba
Santo Tomás: "lo que se sabe bajo confesión es como no sabido, porque no se
sabe en cuanto hombre, sino en cuanto Dios", (In IV Sent., 21,3,1).
La defensa del
sigilo sacramental y la santidad de la confesión, sin embargo, "no pueden
constituir nunca alguna forma de connivencia con el mal, al contrario,
representan el único antídoto verdadero contra el mal que amenaza al hombre y
al mundo entero; son la posibilidad real de abandonarse al amor de Dios, de
dejarse convertir y transformar por este amor, aprendiendo a corresponderlo
concretamente en la propia vida".
La Iglesia Católica, en todas
sus instancias, estamos muy dispuestos a colaborar con las instituciones
civiles con el objetivo de alcanzar justicia, particularmente frente a los
abusos, pero, no hasta el límite de acabar con el sigilo sacramental, algo
esencial para nuestras convicciones de fe.
Pensamos que "cualquier acción política o iniciativa legislativa encaminada a ?forzar? la inviolabilidad del sigilo sacramental constituiría una violación de la libertad religiosa, que es jurídicamente fundamental para cualquier otra libertad, incluida la libertad de conciencia de los ciudadanos".